Asignatura: Fuentes de la Historia
El Reportero de la Historia
El Reportero de la Historia
Juan Polo de Ondegardo
(Por Francisco José del Solar Rojas)
Juan Polo de
Ondegardo es el gran creador del derecho indiano criollo. Nació en Valladolid
(España) y falleció en La Plata, el 4 de noviembre de 1575. Sus padres fueron
Diego López de León y Jerónima de Zárate. Se desconoce con exactitud dónde
accedió a la notable formación jurídica que ostentó desde su llegada al Perú.
Sin embargo, presumimos que fue en la Universidad de Salamanca, por el diálogo
que sostuvo con el primer virrey del Perú, Blasco Núñez Vela, a quien detuvo
por orden de los oidores de la Real Audiencia de Lima. Empero, ¿cómo y por qué
el licenciado Polo de Ondegardo vino a nuestro país?
De acuerdo con el
ilustre historiador Raúl Porras Barrenechea, el viaje de Juan Polo de Ondegardo
obedeció a la invitación que le hizo su tío materno, el cronista Agustín de
Zárate. Por otro lado, traía la representación del capitán Hernando Pizarro,
hermano del gobernador Francisco, para encargarse de sus intereses producto de
la conquista, habida cuenta que él ya no regresaría a las tierras del
Tahuantinsuyo. La travesía al nuevo continente la hizo en la armada que
trasladó al flamante virrey Núñez Vela, con quien entabló relación de amistad.
En este contexto, ignoramos también cuándo y por qué nuestro personaje adoptó
el nombre de Juan Polo de Ondegardo.
Lo cierto es que,
además de Porras, los que más han estudiado y trabajado la vida y obra del
abogado valladolidano son los historiadores Horacio Urteaga y Carlos A. Romero,
quienes editaron parte de los manuscritos de Polo, en 1916 y 1917. Asimismo, el
historiador y abogado Guillermo Lohmann Villena, al investigar y difundir
nuestra historia de esta confusa época, de donde se puede desgajar el aporte
jurídico del ilustre soldado y jurista de la Conquista que sentó las bases del
primigenio derecho peruano. Dicho sea de paso, nos adherimos a la tesis de que
no hubo derecho inca, sino un pre derecho, el cual tuvo algunas fórmulas
primitivas de control económico, político y de orden social. Empero, ahora nos
interesa subrayar los aportes jurídicos de este valladolidano, licenciado en
leyes.
Para Porras, Polo
de Ondegardo no fue un cronista en el real sentido de la palabra. La historia
le interesó poco o nada. Llegó a ella por accidente, sólo para “sustentar
medidas administrativas referentes a los indios o para probar fórmulas
jurídicas favorables al dominio español en América”… “Lo que le preocupa es el
fenómeno jurídico, y la costumbre viviente de su época más que la pasada”. De
ahí que interroga a los indios, de arriba y de abajo, sobre la organización y
controles establecidos por el Estado quechua, con la finalidad de “implantar un
sistema tributario español basado en el de los Incas”. Buscó y encontró sentido
utilitario a ciertas costumbres aborígenes que incorporó al derecho castellano
que se venía aplicando en las tierras conquistadas. Así, fue el verdadero y
primer gran creador del derecho indiano criollo, orden jurídico que oprimió a
los indígenas por más de 300 años.
Juan Polo pudo
elaborar y sistematizar este derecho, en virtud a su formación legal y en su
condición de, primero, reconocido colaborador del Pacificador Pedro de la
Gasca. Segundo, de sagaz asesor del tercer, cuarto y quinto virreyes: Andrés
Hurtado de Mendoza, segundo marqués de Cañete; Diego López de Zúñiga y Velasco,
conde de Nieva; y Francisco de Toledo, respectivamente. Y, tercero, porque no
había ninguna duda o mínima sospecha sobre su profunda fidelidad al rey y
absoluta identificación con las medidas y acciones de guerra para la Conquista.
Esto es, que se mantuvo prudentemente alejado de las teorías ius-naturalistas y
humanistas de los curas dominicos Francisco de Vitoria y Bartolomé de las
Casas.
No obstante esta
situación, en la historia se le ubica a Polo de Ondegardo como el conductor de
la escuela de cronistas toledanos, en la que se incluye, además, a otros
juristas, como a los oidores Juan de Matienzo y Hernando de Santillán. Los
tres, en conjunto, son llamados “cronistas legistas” por el ilustre historiador
inglés Sir Clement Markham, quien ubica a Juan Polo como el jefe de la
corriente histórica “toledana”. ¿Cómo y por qué esta apreciación? Vayamos a la
actuación de nuestro personaje.
Polo desembarcó
junto con el primer virrey Núñez. Producidos los ilícitos de éste contra la
Real Audiencia de Lima y los drásticos hasta sanguinarios abusos cometidos en
agravio de los encomenderos, el soldado-jurista tomó partido por la máxima
autoridad judicial del virreinato, es decir, la Real Audiencia. A Blasco Núñez
le faltó sagacidad e inteligencia para imponer el mandato de las Leyes Nuevas
de 1542 y las adicionales de 1543. Las primeras crearon el Virreinato y las
segundas la Audiencia. Quienes las criticaban o se oponían a ellas, de
inmediato fueron perseguidos y ajusticiados por el virrey. Como consecuencia de
ello, fue llamado “el virrey asesino” (casos de los encomenderos Factor Illán
Suárez de Carbajal y Antonio del Solar) y entró en conflicto con los oidores de
la primera Audiencia de Lima (setiembre, 1544), a la cual, consecuentemente,
desconoció. Los encomenderos –entre ellos, Gonzalo Pizarro– se aliaron a los
oidores. Éste, de inmediato se irguió como caudillo de la rebelión.
Dado los vínculos
de Juan Polo de Ondegardo con los Pizarro, se puso a las órdenes de Gonzalo, el
último de los hermanos que quedaba en el Perú. De acuerdo con el cronista
Herrera, Polo participó en la captura del virrey, quien le increpó: “que si con
aquellas leyes que juzgaban se aprendían en Salamanca”, a lo que su captor, le
replicó: “que se lo dixera si se hallara en Valladolid o en Madrid, pero que
aquí no habían leyes”, apunta Porras. De este diálogo, presumimos que, en alta
mar, Juan le contó a Blasco, que era licenciado en leyes por Salamanca. El
trágico final de este virrey lo registra la historia así como el triunfo de la
imposición de la voluntad popular contra el dictador y sus abusos.
Hasta aquí, para
Juan Polo todo iba bien. Empero, la cercana relación que había fortalecido con
Gonzalo incomodó sobremanera a Francisco de Carvajal, “El demonio de los
Andes”, lugarteniente del caudillo. Carvajal dio rienda suelta a sus arrebatos
de celos y cuestionó al licenciado valladolidano. Le maltrató y le tomó
prisionero en Cusco (1546). Le trasladó a Lima y, afortunadamente, el
soldado-jurista logró huir y viajar a Trujillo con la finalidad de unirse al
Pacificador y presidente de la Audiencia de Lima, sacerdote y jurista
salmantino Pedro de La Gasca, enviado por el emperador Carlos V, con el fin de
imponer orden y paz en estas tierras de su vasto imperio, en el cual “no se
ocultaba el Sol”. No haciendo ningún favor a los abogados de ayer y hoy, Porras
afirma: “Como buen legista, Polo de Ondegardo cambia a tiempo la casaca a favor
del Rey”.
De la Gasca –que,
supuestamente, conocía a Polo de Salamanca– le exigió explicaciones de cómo es
que había participado en la rebelión y en un proceso contra él y sus
auxiliares, llamándoles “usurpadores y alborotadores y destruidores del bien de
la República, y le habían condenado a la pena de muerte”. Contestó, entonces,
que Gonzalo Pizarro había ordenado que se le abriera juicio sumario y se le
sentenciara con dicha pena, lo cual se comunicaría al rey para evitar más
represalias reales. Según investigación del historiador Teodoro Hampe Martínez,
la sentencia sólo fue firmada por el jurista Diego Vásquez de Cepeda, pero
elaborada, además, por los licenciados Benito Suárez de Carbajal, Antonio de la
Gama, Juan Polo de Ondegardo, Niño y el bachiller Vélez de Guevara. Otros
historiadores dicen que el licenciado valladolidano no participó, se abstuvo y
hasta persuadió a Gonzalo de no cometer tamaña ilicitud y que se merecía
respeto por ser enviado directo del rey y, además, ser sacerdote. Sin duda,
esta conveniente explicación agradó al Pacificador. Por ello, le perdonó e
incorporó en su ejército, según su tío carnal Zárate, mencionado por Porras.
A partir de
entonces, la historia jurídica, militar y política de Juan Polo de Ondegardo va
de la mano con la del licenciado De La Gasca. Es obvio que dada la situación de
coyuntura, primero serán las acciones y logros como soldado y luego como
jurista. De ahí que participó activamente en la batalla de Jaquijahuana
(9-4-1548), donde Gonzalo Pizarro fue vencido y muerto. De la Gasca envió al
soldado-jurista a la región de Charcas para reducir a los rebeldes. Le otorgó
los títulos de Justicia Mayor, Gobernador y Capitán General de la Plata. Desde
Charcas organizó las expediciones hacia Tucumán y La Plata, obteniendo
resonantes triunfos. El Pacificador le recompensó con “un gran repartimiento en
Charcas” (Reparto de Guaynarima, agosto 1548). Sin embargo, debemos anotar que
Polo no quedó muy conforme con esa distribución, a la que calificó, años
después, de errada, según su informe al licenciado Briviesca de Muñatones sobre
la perpetuidad de las encomiendas en el Perú (1561).
Pacificado el
virreinato, De la Gasca, en su calidad de presidente de la Audiencia de Lima y
conocedor de la formación jurídica de Polo, le encomendó la redacción de “las
primeras ordenanzas de minas del Perú, para la mejor explotación de la plata de
Potosí”, normas que promulgó el Pacificador antes de retirarse del país
(25-1-1550). Lamentablemente, dejó sólo en su pensamiento la intención de
nombrarle oidor. No obstante ello, Juan se sintió reconocido y apreciado, amén
de que esta cercana relación y colaboración fue el inicio de su larga y exitosa
carrera de legista. En Chuquisaca, el soldado-jurista se casó con doña Jerónima
Contreras y Peñaloza, nieta de Pedrarias Dávila. Tuvieron seis hijos. El mayor
fue bautizado con el nombre de Hierónimo y heredó las encomiendas.
Mientras llegaba el
segundo virrey, Antonio de Mendoza, el cual venía de ejercer igual cargo en
Nueva España, la administración virreinal quedó en manos de la Real Audiencia
que, a la sazón, presidía el ilustre jurista salmantino, Andrés de Cianca,
quien vino junto con De La Gasca, como hombre de leyes, compañero de estudios y
amigo personal. Polo se dedicó a sus labores agrícolas. El nuevo virrey asumió
el cargo el 23-9-1551, y por razones de salud no pudo visitar y enterarse
personalmente de lo que pasaba en el país, tarea que se la encomendó a su hijo
Francisco. Éste conoció a Polo en Potosí y, al término de la misma, viajó a
España para rendir, en nombre de su padre, el informe correspondiente. El
virrey agravó y falleció el 21-7-1552.
De nuevo, el
gobierno recayó en la Audiencia, presidida entonces por el jurista Melchor
Bravo de Saravia e integrada por los oidores De Cianca, Hernando de Santillán y
Pedro Maldonado. Empero, la paz y tranquilidad sociales fueron alteradas por
Francisco Hernández Girón, en Cusco, el 12-11-1553. Ello aceleró el
nombramiento del tercer virrey, Andrés Hurtado de Mendoza, quien hizo su
ingreso al virreinato por Paita, donde permaneció un buen tiempo. Después pasó
a Trujillo, haciendo lo mismo, para luego venir a Lima y sofocar
definitivamente la revuelta. Convocó a Juan Polo de Ondegardo, y éste venció al
rebelde en Chuquinga y Pucará.
El soldado-jurista
fue premiado por el virrey quien le otorgó la encomienda de Cochabamba y, a la
vez, lo nombró corregidor de Cusco (08-08-1558). Cargo que ostentó hasta 1561.
Ahí estudió las creencias y costumbres de los indígenas, y descubrió cinco
momias de reyes incas, las mismas que fueron enviadas a Lima para que no
sirviesen de objeto de idolatría. Hurtado de Mendoza dispuso que se enterraran
en el patio del hospital de hombres que había construido, en 1556.
En su
corregimiento, Juan Polo dividió a los indios en cuatro parroquias, edificó una
iglesia en cada barrio y nombró a los primeros alcaldes y cofradías de indios
de acuerdo con las ordenanzas que el virrey aprobó en 1560. Redactó las normas
legales para la mejor explotación y administración de las minas de Carabaya.
Combatió la idolatría prohibiendo ciertas fiestas que los indios seguían
realizando, y para el efecto de control y utilidad práctica elaboró un
calendario de las mismas. De ahí su primera obra Tratado y averiguación sobre
los errores y supersticiones de los indios (Cusco, 1559), la cual fue adoptada
por el Concilio Provincial de Lima, en 1567.
Por su amplio conocimiento
del virreinato, Polo de Ondegardo fue llamado por el cuarto virrey, López de
Zúñiga, a quien asistió en el nuevo reparto de encomiendas. Después, también
fue convocado por el quinto virrey, Francisco de Toledo. La relación con éste
fue más profunda y proficua. Estuvo a su lado durante la visita a todo el
territorio del virreinato. Toledo ha sido llamado “el Solón del Perú” por haber
organizado política, jurídica, económica y socialmente el virreinato peruano.
Empero, hay que reconocer que esta obra fue producto de la colaboración y
activo trabajo del legista valladolidano. De ahí que el virrey no dudó en
mantenerle a su lado durante su larga administración de doce años (1569-1581).
En este extenso
período, Polo alcanzó su cenit como hombre de leyes. Recomendó otorgar carácter
jurídico a las costumbres e instituciones indígenas que los españoles
absorbieron rápidamente para su propio beneficio. En otras palabras, incorporar
al derecho castellano todo aquello, sin importar su origen indígena, que convenga
a los intereses hispanos, como, por ejemplo, la mita (forma colectiva de
trabajo incaico –de la comunidad– en beneficio del Estado, sin necesidad de
grandes fiestas, goces u otras retribuciones, como sí se daban en la minka.
Esto es, sin practicar la reciprocidad, principio fundamental del sistema
prehispánico). Con esta política se da el inicio del Derecho Indiano criollo, y
por la manera de sacar provecho de lo indígena, sin destruirlo, hace que el
soldado-jurista sea considerado un “indigenista utilitario”.
En este orden de
ideas, Polo persuadió a Toledo para prohibir una serie de costumbres indígenas
que iban contra la moral cristiana, por ejemplo, el servinakuy o matrimonio de
prueba. Lo cual comprobaba la poca estima que los indios tuvieron por la
virginidad, concepto eminentemente cristiano y occidental. Esta ancestral
costumbre aborigen de la cópula anticipada fue estudiada por el jurista Héctor
Cornejo Chávez en la década de 1970, y sus planteamientos sirvieron para que el
matrimonio de prueba sea incorporado y reconocido legalmente en la Constitución
de 1979 y, posteriormente, en el Código Civil de 1984.
Toledo dispuso que
el soldado-jurista compilara las ordenanzas dictadas en los primeros años de su
administración. Para ello contó con la ayuda del oidor Juan de Matienzo. Sendos
hombres de leyes se basaron en los trabajos previos del jurista y oidor
Hernando de Santillán, quien ya había viajado a España (1562). Lo cierto es que
gracias a Polo y a De Matienzo, Toledo quiso hacer lo mismo que Vasco de Puga,
en México (1563), compilar y publicar la legislación indiana y criolla.
Lamentablemente, el esfuerzo no se concretó, empero, la producción legislativa
a cargo de estos juristas fue recogida en forma posterior por los compiladores.
El historiador Sebastián Lorente la incluyó en su colección de Relaciones de
los Virreyes y Audiencias, presentando las ordenanzas de la siguiente manera:
I) Para el buen gobierno de reinos del Perú (Cusco, 1-8-1572); II) Para los
indios de todos los departamentos y pueblos de este reino (La Plata,
22-12-1574); III) De Minas (La Plata, 7-2-1574); IV) Para el buen gobierno de
esta ciudad de los Reyes (Lima, 21-I-1577), y otras más (Tomo I, Lima, 1867).
Polo de Ondegardo
“se constituyó en el defensor oficial del Imperio Español y en el impugnador
regional de las tesis idílicas del obispo Bartolomé de las Casas”, sin
identificarse con las ideas antiindigenistas de Juan Ginés de Sepúlveda, a las
que –a ultranza– sí adhirió De Matienzo. En esta misma época, surge el licenciado
Francisco Falcón, quien se atribuyó la representación y defensa de los indios,
ubicándose dentro de la escuela lascasiana. Fue un acervo crítico de las
disposiciones de Toledo y, en consecuencia, adversario de Polo. En un trabajo
monográfico realizado en la maestría de Ciencias Penales en la Universidad San
Martín de Porras, sostuvimos que Falcón podía ser considerado como el
antecedente más primigenio del Fiscal de la Nación en Perú (Lima, 1988), por
exigir el cumplimiento del principio de legalidad y justicia para los
aborígenes.
Por otro lado, de
paso sea dicho, que si bien es verdad que el Solón del Perú fue el gran
organizador del Virreinato, no es menos cierto que lo hizo a sangre y fuego. De
ahí que el abogado, historiador y antropólogo Luis Eduardo Valcárcel escribiera
un importante libro bajo el título de El virrey Toledo, gran tirano del Perú
(Lima, 1940). Dentro de estas ubicaciones, habría que decir que Polo se
encuentra en la mitad, es decir, entre De Matienzo y Falcón, aunque la razón
sea por el interés utilitario que antes hemos mencionado. En verdad, cuidaba a
los indios como capital, fuente de riqueza, tanto mano de obra como
tributarios.
El historiador
Jorge Basadre Grohmann dice que producto de las ideas de Toledo y de las formas
jurídicas de Polo de Ondegardo, tenemos las reducciones de indios, auspicio y
apoyo a los corregidores, repartimientos de indios, las mitas de plata y
azogue, los obrajes, plantaciones de coca, facultades de los caciques,
tributos, etcétera. Empero, nosotros agregamos que alguna responsabilidad debe
recaer en Polo sobre las acciones que ennegrecen la administración toledana,
como, por ejemplo, la instauración del Tribunal de la Santa Inquisición en
1570, el írrito juicio y muerte (degollamiento) que le dio a Túpac Amaru I, en
agosto de 1572, después de reducirle por la fuerza al no poderle sacar con
astucia de Vilcapampa, donde se encontraba escondido, y desterrar a sus hijos a
diferentes lugares del reino. Este hecho fue desaprobado por el rey Felipe II,
mediante Real Cédula (21-12-1573), la misma que, según el propio Polo, tuvo por
finalidad desagraviar a los indios. Sin embargo, Toledo siguió al mando del
virreinato por ocho años más, contando con su valiosa colaboración.
Polo de Ondegardo,
además de las dos obras mencionadas, es autor de Relación del linaje de los
Incas y cómo extendieron ellos sus conquistas, obra que leyó el Inca Garcilaso
de la Vega y así lo apunta en sus Comentarios Reales de los Incas, a la par de
afirmar que le conoció personalmente y fue quien le mostró las momias de los
reyes incas que había desenterrado y conservaba en su posada. Ordenanzas de las
minas de Guamanga (1562), Instrucción contra las ceremonias y ritos que usan
los indios conforme al tiempo de su infidelidad (1567), Impugnación a fray
Bartolomé De Las Casas en defensa del señorío de los Reyes de España sobre las
Indias (1571), etcétera. Porras señala que la obra de Polo “es difícil, confusa
y hasta ahora bastante incompleta, porque los escritos del Licenciado
circularon manuscritos en su época y de ellos se hicieron diversas copias, con
variantes y supresiones y a veces correcciones y ampliaciones del autor”.
Trabajo individual
1. Importancia de las fuentes.
2. Apreciación sobre el artículo.
Entrega: Viernes
31 de octubre
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