miércoles, 3 de diciembre de 2014

Sociedad y economía en el siglo XVIII: La Real Junta de Temporalidades

Antecedentes: La Orden Jesuita en el Perú
La Compañía de Jesús fue la última de las órdenes religiosas llegada al territorio del virreinato peruano (1568). Esta marcha al Perú se sitúa a menos de cuatro años de finalizar el Concilio de Trento, que había impulsado con nuevo vigor la reforma de la Iglesia y que pedía una mejor transmisión de la doctrina al pueblo cristiano y una renovación moral de los fieles, apoyada sobre la gracia sacramental; esa labor debería correr a cargo de los obispos diocesanos y del clero secular que debían tener una óptima calidad doctrinal y espiritual.
Se establecieron entonces y comenzaron su labor en estas tierras, mostrando desde el principio un espíritu constructor, llegando a acumular inmensos bienes por medio de sus benefactores, no sólo en templos, conventos y colegios, sino en importantes haciendas, ingenios y obrajes, con los que podían alcanzar un nutrido tráfico comercial.
La “lógica” de la administración jesuita se ejerció como sustento de la Orden e instituciones dependientes (colegios y las misiones) gracias a la articulación exitosa de las haciendas con las industrias rurales tales como los ingenios y los obrajes (localizadas en el interior).
Dentro de la función que desarrollaban los jesuitas, ellos debieron atender a dos trabajos simultáneamente. Por una parte, se preocuparon de atender las necesidades educacionales y misioneras que demandaba su labor institucional y, por otra, de adquirir bienes raíces rurales, hacerlos productivos e incrementarlos. Para concretar este último aspecto diseñaron un sistema administrativo que no sólo les permitió mantener sus bienes materiales, sino que además, podían acrecentarlos a través de una gestión empresarial.
La más importante característica de esta gestión religiosa es que ocuparon el territorio y se expandieron sobre él para usarlo de acuerdo a la capacidad de uso de la tierra y de cada ecosistema, marcando de esta manera una racionalidad empresarial (gestión económica) y una racionalidad feudal (gestión política).
Para este propósito, la Compañía había descentralizado las responsabilidades, dividiendo formalmente su economía en varias administraciones correspondientes a los diversos colegios, cada uno de éstos en algún momento podría atender a los negocios de sus propias fincas y haciendas.



La hacienda jesuita entonces, tenía como base de su organización la capacidad individual y la habilidad del trabajo en grupo (como política económica) que se rompieron tras su expulsión. La inminente organización posterior pretendió crear un modelo sustituto basado en la designación de administradores civiles nombrados por una Real Orden, sujetos a cambio de acuerdo a su desempeño y a la producción de la hacienda, según se señala en los documentos de las distintas haciendas revisadas en la sección de Temporalidades del Archivo Regional del Cusco.

La Real Junta de Temporalidades
Fue una entidad encargada de la administración y remate de los bienes confiscados a los miembros de la Orden de la Compañía de Jesús, tras su expulsión del Virreinato del Perú. Este organismo funcionaba bajo la vigilancia del Virrey, quien designaba a un Superintendente y Director General en Lima, donde quedaba la oficina central, pero que tenía un radio de acción a nivel nacional (Arequipa, Cusco, Huamanga, Ica y Trujillo, que dependían de la Junta de Lima), la cual llevaba una administración y contabilidad, que no se confundía con la de la Hacienda Real. Pero, no solamente debía velar por aquello, sino que tenía la tarea de tratar de continuar con la misma cadencia posible, a efectos de administración y política jesuita, ulterior a dicha etapa de expulsión. Por un lado estaban las haciendas, con todo lo que implicaba su mantenimiento y producción, y por el otro estaba la labor educativa que los jesuitas ya habían dedicado a lo largo de su historia con gran parte de sus esfuerzos y medios apostólicos.
Teniendo en cuenta el conjunto de bienes económicos que conformaba el patrimonio de los jesuitas, se organizó este sistema de administración de temporalidades que, por un determinado período, se encargarían directamente de la venta de las haciendas y estancias ocupadas, con el sistema crediticio y el movimiento contable de los compromisos de pago a contraer.
Los primeros inventarios practicados permitieron conocer en cierta medida el total de las temporalidades existentes en la ciudad de Cusco; empero, al mismo tiempo, plantearon un problema administrativo a decidir qué hacer con ellos mientras se disponía un proyecto para su destino final.
Bajo el sistema de venta de propiedades, la Junta de Temporalidades enajenó casi todos los inmuebles jesuitas. Luego ya se realizaron esporádicos remates de tal forma que, pasado el siglo XIX, todavía quedaban algunas propiedades. El comportamiento de pago de los compradores de haciendas, casi por lo general, fue irregular.
La Junta tuvo que tener acceso a la documentación administrativa y contable utilizada por los jesuitas, sirviéndoles de guía o como fuente de información de todo el manejo que se realizaba, así como también para prevenir una administración futura propia (de no sucederse la subasta que era prioridad de acuerdo a su objetivo designado), porque mientras se produjesen las subastas, tendrían que ver la manera de no paralizar su funcionamiento, acción que ya la conocerían en el camino de su labor, puesto que no era posible que se diesen todas las subastas al mismo tiempo.
El patrimonio jesuita estuvo conformado por terrenos, haciendas, colegios, bienes muebles e inmuebles, joyas, y demás. En cuanto al templo de la Compañía de Jesús, se evidencia una carta remitida al Juez Ejecutor para que se respetara tanto el inmueble como todo lo que poseyera, pidiendo “se remitan a los Reynos de España, las alhajas y la plata labrada secuestrada a dichos regularess provehia en su consciencia en 7 del mismo mes […] Diligencia: en la ciudad de los Reyes del Perú, en siete días del mes de Agosto de mil setecientos sesenta y nueve años en cumplimiento de lo mandado por el Excelentisimo Señor Virrey de estos reynos en el Decreto que precede proveido en este día: concurrieron a la Iglesia de la que fue casa profesa de los regulares expatriados con Don Cristóbal Francisco Rodríguez Director General de Temporalidades” [1]. Aúnan a dicho pedido, un acuerdo realizado con el Arzobispo de Lima, donde deban “separarse las pertenecientes al Culto divino para no remitirse con los demás que no son de esta especie: las Custodias, cálices, Patenas, copones y vasos sagrados; quatro candeleros del Altar maior de cada Iglesia, los atriles sacros, vinagreras, incensarios y Navetas, Coronas de las Ymagenes y sus insinios [sic], las piezas que tengan reliquias sagradas y Depositos del Santísimo Sacramento y que se remitiesen todas las demás Alaxas de la Iglesia que contase de este inventario a que se procedió […] [2], proceder que implicaba el cuidado que se debía tener sobre el secuestro.
De la misma forma, se dispuso también la recolección de los archivos y bibliotecas poseídos por ellos. El método y orden desplegados por aquellas Juntas en el manejo de tales asuntos, debió ser apremiable; hoy puede evidenciarse tal acierto en los papeles del Archivo General de la Nación, realizando una investigación pormenorizada que también incluye los archivos de España.
Se realizó entonces un inventario que involucra haciendas, fincas o estancias (Pichiuchuro, Calera, Vilcar, Vicho, Guaraypata, Camara, Ahuacollay, Huerta de Pisac, Titiri y Llallagua, Piccho), almacenes de productos de cañaverales (Pachachaca, Santa Ana, Mollemolle), detalles de deudas ejercidas de los saldos restantes de los jesuitas, balances de cuentas sobre cada uno de los depositarios, cuentas sucedidas por cada persona en un determinado lugar de origen (haciendas, Noviciados), recaudaciones de arrendamientos, alquileres de tiendas, entre otros, los cuales se encuentran registrados en los diferentes Libros de Cuentas. Así también se detallan las diversas deudas que se encuentran por cobrar a favor de la Junta, cobranzas hechas de varios censos impuestos a favor de las Cofradías y Patronatos. Y, en los Libros de Gastos Extraordinarios: pagos a los guardias, pagos de pensiones en los obrajes, pagos a Escribanos, gastos por remisión de plata labrada, remisión de ropa y productos, gastos en infraestructura, gastos en las diligencias actuadas para las subastas, pagos a los acreedores, salarios a los empleados de la Real Junta (Superintendencia), pagos a varias obras pías impuestas en las fincas de las Temporalidades, entre otros. Cada uno de ellos se cita y se remiten en la Real Junta de Temporalidades del Cusco. De la misma forma, en el Libro de “Cuenta General”, se consta una secuencia similar del inventario de Entradas, Cargos, Salidas, Ventas, Piezas, Valores, Remisiones, Productos, Venta de Haciendas [3]
Los remates de las haciendas también tendrán sus particularidades, puesto que casi todos los compradores que se adjudicaron los remates no cumplieron regularmente con sus pagos en los plazos estipulados en las actas de remate, no habiendo estado cancelados la mayor parte hasta 15 años después de la expulsión, debido a la existencia de créditos que hacía más elástico el proceso. Si este fue el comportamiento típico de los compradores, esta actitud de deudor moroso frente a los pagos convenidos se puede relacionar directamente con la rentabilidad posible que esperarían alcanzar.
El costo asumido fue relacionado con la posición social de los compradores. La posesión de tierras, por sí sola, confería prestigio y un alto grado de privilegios sociales. Al mismo tiempo, la tenencia de vastas tierras, llámense haciendas o estancias, significaba alcanzar posiciones de poder económico y de presión política, por lo que era preciso, para quien quisiera alcanzar esas categorías de poder dentro de la sociedad colonial, contar con tierras productivas y rentables. Desde luego, las haciendas y estancias que habían poseído los jesuitas reunían los requisitos señalados.
Entonces se puede decir que existía la posibilidad de solventar las deudas contraídas sin mayores problemas, pero, no tomaron en cuenta que los jesuitas trabajaban sus haciendas con un sistema económico-administrativo, racional y práctico, con características próximas a una empresa económica agrícola precapitalista; sistema que ningún hacendado privado estaba en condiciones de aplicar por cuanto este sistema limitaba sus auges de lucro.
No obstante, para las pretensiones y expectativas, el sistema de comprar a crédito estas haciendas no fue una buena inversión o un buen negocio en términos económicos. [4]
Se debe tener en cuenta que, mientras se subastaban las haciendas, la Junta de Temporalidades debía administrar las haciendas que podía, utilizando el mismo sistema contable que antaño y siguiendo la misma atención del inventario; labor de lo más complicada, considerando la dinámica productiva jesuita y la nobel función que la Junta emprendía, teniendo que atravesar y sobrellevar diversas dificultades en el camino. Una de ellas fue que no podían cumplir muchas veces con su cometido, debido a las muy largas distancias que existía una de otra finca y a la avanzada edad de los funcionarios que no les permitía desenvolverse con mucha eficacia. Es entonces que se sugiere que sean los mismos administradores y trabajadores que radican en cada una de las haciendas, que sean los encargados de proporcionar sus debidos precios de tasación, obteniendo para ello una relación de títulos en que se mencionan dichos terrenos, teniendo en cuenta a la vez una notoria baja de precios en las subastas.
Tanto las Instrucciones, Cartillas y Visitas realizadas por la administración de Temporalidades, ayudará de manera significativa para descubrir aquellos aspectos de la eficiente economía jesuita en sus diferentes casos, estudiando su gestión empresarial y régimen interno de las haciendas.
Si bien, la Junta de Temporalidades mantuvo la gran propiedad y la gestión de la hacienda, amplió también el número de tierras dadas en alquiler, demostrando con ello que la capacidad empresarial de los jesuitas no pudo ser asimilada. Detalles de este tipo de administración durante el periodo de la Junta también lo comenta Alejandro del Río Barboza, en un estudio acerca de la hacienda de Ninabamba en Ayacucho, realizada como trabajo de tesis en la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga. [5]
Este complejo y refinado sistema jesuita fue respetado después del secuestro por la administración secular de Temporalidades, al punto que se dio orden expresa para que los encargados de las haciendas confiscadas siguieran este método anteladamente adoptado por los jesuitas, sin atreverse a modificarlo sin previa consulta y autorización de los empleados superiores. Este criterio valió no solamente para el aspecto formal de la vigilancia, sino también para todo el manejo de la hacienda. Es por eso que el virrey Amat, por Orden dada en Lima el 16 de octubre de 1767, establecía que se interrogara a cada uno de los hermanos jesuitas antes de que salieran expulsados, para formar con aquellas preguntas y respuestas una Cartilla donde perduraría en ella una regla segura en lo sucesivo para su fomento: lugares, remesas y demás circunstancias.
De la continuidad entre la administración jesuita y la de temporalidades se observa que, la Visita no hizo más que seguir con un patrón previamente establecido. Estas Visitas de haciendas fueron también, después de 1767, uno de los métodos de vigilancia empleados por la burocracia oficial, aunque esta vez con marcado acento fiscalizador y judicial, con todo aparato y costo. Al principio se comisionó a los Corregidores, pero éste pocas veces era un hombre muy bien enterado de las cuestiones agrícolas y se entrometía en la administración de la hacienda con un celo indiscreto y hasta a veces peligroso, esto por falta de costumbre y por no advertir el error de su cargo. Normalmente el Visitador se limitaba a expresar sus opiniones y el resultado de su observación; pero cuando se sospechaba de malversaciones, la Visita podía convertirse en una suerte de instrucción -por encargo expreso- con pliego de preguntas y declaraciones juradas de testigos incluso.
Finalmente, la Junta de Temporalidades fue suprimida en 1821, los bienes de los jesuitas pasaron a poder del Estado, quien en los momentos de necesidad pública, dispuso de la venta o “del obsequio” de la mayor parte de ellos. Al interior de las haciendas el drama fue clamoroso y finalmente, estas enormes haciendas fueron vendidas por debajo de su precio real. En estas complicadas ventas con juicios de por medio, las cuentas no quedan muchas veces claras.
Ese fue el fin de las Temporalidades, muchos de los bienes pasaron a manos de personas e instituciones particulares. Realmente, es ya en 1825 que se puede decir que ya no existe ni un rezago de esta Institución.

CONCLUSIONES
Los jesuitas supieron abordar y combinar el sistema feudal con el capitalismo, porque la hacienda como producto colonial era una entidad que hacia fuera se vinculaba en un circuito monetario y hacia adentro existía una economía no monetaria. Este doble juego se explicaría como una negociación pre-capitalista hacia fuera y una organización social semifeudal hacia dentro.

Debido a la función que desarrolló la Real Junta de Temporalidades, como el tipo de administración, reacción social frente a las actitudes que tomaron, influencia de esa actividad y de su ideología en aquella época, el contexto económico, inventarios y propiedades, cambios en la sociedad, etc., se tiene en cuenta el enorme aporte tecnológico y eficaz del manejo de haciendas y demás actividades anexas que se realizaron en ellas, demostrando así el enorme vacío luego de su expulsión, no habiendo mejor administración que la realizada por los jesuitas.

La administración hecha por la Real Junta de Temporalidades cumplió su labor efectiva en cuanto le daba su capacidad de gestión en base a remates y posterior recaudo monetario dirigido hacia la sede central en Lima. El proceso de administración realizada en cada hacienda terminó muchas veces endeudando a sus nuevos propietarios, quienes luego de haber transitado por una gestión importante y productiva no optaron por un mejor dinamismo al cual la Real Junta no tuvo mayor injerencia, ya que estuvieron más preocupados por la mejor labor institucional que productiva de cada hacienda enajenada. Muchos dueños inclusive instaron el retorno de los jesuitas, comparando el momento hacendario que les tocaba vivir.



[1]  ARC. Fondo Documental: Asuntos Eclesiásticos. Junta de Temporalidades. (1747-1845). Legajo Nº 89. S/F.
[2]  ARC. Fondo Documental: Asuntos Eclesiásticos. Junta de Temporalidades. (1747-1845). Legajo Nº 89. S/F.
[3]   ARC. Fondo del Archivo del Colegio Nacional de Ciencias y Artes. Legajo Nº 54. Años: 1763-1774. Libro Nº 1 “Libro de Cobranzas de los Arrendamientos de las Haziendas  que fueron de los regulares expatriados de esta Ciudad”
[4]  Sin embargo, un informe de la Junta de Temporalidades del Cusco, pone de manifiesto la dificultad de encontrar interesados por las propiedades. En el caso general de haciendas fue constante la falta de liquidez, por lo que la Junta de Temporalidades tuvo que hacer gestiones para recuperar un grupo de haciendas que fueron vueltas a rematar o que fueron transferidas porque sus compradores incumplieron el esquema de pagos: “La primera acción fue la de nombrar interventor, y tratar de solucionar el problema. Si no daba resultado se confiscaba la propiedad y se volvía a rematar. Muchos de los compradores traspasaban la propiedad antes de que ésta fuera confiscada […] siendo los nuevos compradores los responsables de las deudas”. ALJOVÍN DE LOSADA, Cristóbal. (1990). “Los compradores de temporalidades a fines de la Colonia”. Lima. En: Revista Histórica. Pontificia Universidad Católica del Perú. Vol. XIV. Nº 2. Pág. 208.
[5]   DEL RÍO BARZOZA, Alejandro. (1985). “NInabamba, una hacienda jesuita huamanguina en el siglo XVIII”. (Tesis de Licenciatura en Historia). Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga. Ayacucho.